En México, el ejercicio de la función pública conlleva un profundo compromiso ético y jurídico. Las obligaciones de los servidores públicos representan el conjunto de deberes que guían su actuación para garantizar legalidad, transparencia y rendición de cuentas. Estos deberes son esenciales para preservar la confianza ciudadana y asegurar que los recursos públicos se administren con honestidad y eficacia.
La evolución del marco normativo en materia de responsabilidades administrativas —impulsada por el Sistema Nacional Anticorrupción— ha reforzado la vigilancia sobre el comportamiento de quienes desempeñan cargos en la administración pública. Por ello, conocer las obligaciones que imponen la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y la Ley General de Responsabilidades Administrativas (LGRA) es fundamental tanto para los funcionarios como para los ciudadanos que exigen un gobierno íntegro.
¿Cuáles son las obligaciones de los servidores públicos?
Las obligaciones de los servidores públicos son los deberes legales y éticos que toda persona en el servicio público debe observar en el ejercicio de sus funciones. Su objetivo es asegurar que el desempeño de los cargos se apegue a los principios de legalidad, honradez, lealtad, imparcialidad y eficiencia establecidos en la Constitución (Cámara de Diputados, 2024).
Estas obligaciones no solo delimitan lo que los servidores públicos pueden o no hacer, sino que también establecen estándares de conducta que buscan evitar actos de corrupción, abuso de autoridad o negligencia. En este sentido, los servidores públicos están obligados a:
- Cumplir las funciones y comisiones que les sean encomendadas con disciplina y respeto.
- Desempeñarse con apego a los principios de ética pública.
- Administrar los recursos públicos de forma honesta y responsable.
- Proteger y conservar la documentación e información bajo su custodia.
- Abstenerse de realizar actos que impliquen conflictos de interés.
- Colaborar con las investigaciones que inicien las autoridades competentes.
- Promover la cultura de integridad dentro de las instituciones.
- Rendir cuentas periódicamente sobre el ejercicio de su función.
Como lo señala la Secretaría de la Función Pública (SFP), el cumplimiento de estas obligaciones contribuye a fortalecer la legitimidad de las instituciones públicas y a prevenir faltas administrativas y hechos de corrupción (Secretaría de la Función Pública, 2023).
Marco normativo de las obligaciones públicas
El régimen jurídico de las obligaciones de los servidores públicos tiene tres pilares fundamentales:
- La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, que establece las bases de responsabilidad y define quiénes son considerados servidores públicos.
- La Ley General de Responsabilidades Administrativas, que regula las obligaciones, faltas y sanciones aplicables.
- Los códigos de ética y conducta que cada dependencia o entidad debe emitir conforme al artículo 16 de la LGRA.
De acuerdo con la Contraloría General de la Ciudad de México (2023), este marco legal busca promover la integridad pública, reforzar la prevención de conflictos de interés y consolidar la rendición de cuentas como un valor permanente en el servicio público.
El artículo 46 sobre los servidores públicos
El artículo 46 puede variar según la legislación estatal, pues cada entidad federativa cuenta con su propia Ley de Responsabilidades Administrativas. Sin embargo, en términos generales, este artículo hace referencia a la obligación de los servidores públicos de presentar sus declaraciones patrimonial, de intereses y fiscal, bajo protesta de decir verdad.
Estas declaraciones permiten identificar posibles conflictos de interés y vigilar la evolución patrimonial del servidor público durante su gestión. La omisión o falsedad en la información puede considerarse una falta administrativa grave (Cámara de Diputados, 2024).
Por ejemplo, en varias leyes estatales, el artículo 46 establece que los servidores públicos deben cumplir con los plazos y formatos determinados por la Secretaría de la Función Pública o su equivalente local. Esta disposición se alinea con el principio de transparencia previsto en el artículo 108 constitucional.
El artículo 49 de la Ley General de Responsabilidades Administrativas
El artículo 49 de la LGRA regula las faltas administrativas no graves, que son aquellas conductas que infringen las obligaciones establecidas en la ley pero que no implican corrupción ni daños mayores al erario.
Este artículo dispone que incurre en falta administrativa no grave el servidor público que:
- No cumpla con las funciones, atribuciones o comisiones encomendadas.
- Desobedezca los lineamientos del código de ética o de conducta.
- No conserve o custodie adecuadamente los registros y documentos públicos.
- No colabore con las investigaciones de las autoridades competentes.
- Oculte, destruya o altere información pública.
- Actúe con negligencia causando daños menores a la administración pública (Cámara de Diputados, 2024).
Las sanciones por estas faltas pueden incluir amonestación pública o privada, suspensión del empleo, o sanciones económicas proporcionales al daño causado. Su imposición corresponde a los Órganos Internos de Control, quienes deben realizar una investigación y resolución conforme al debido proceso administrativo (Instituto Nacional de Transparencia, 2023).
Aunque este artículo se centra en faltas “no graves”, su aplicación refuerza la cultura de responsabilidad y cumplimiento dentro de la función pública, ya que demuestra que incluso las omisiones menores tienen consecuencias.

El artículo 108 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos
El artículo 108 constitucional constituye la base del régimen de responsabilidad de los servidores públicos. Define quiénes son considerados como tales y establece las obligaciones generales que deben observar.
Según la Constitución:
“Para los efectos de las responsabilidades a que alude este Título, se reputarán como servidores públicos a los representantes de elección popular, a los miembros del Poder Judicial de la Federación, los funcionarios y empleados y, en general, a toda persona que desempeñe un empleo, cargo o comisión en los poderes de la Unión, así como en los organismos a los que esta les otorgue autonomía” (CPEUM, 2024, art. 108).
Además, este artículo impone la obligación de presentar declaraciones patrimonial y de intereses, con el fin de garantizar transparencia en el ejercicio de funciones. También señala que los servidores públicos serán responsables por actos u omisiones que vulneren los principios de legalidad, honradez o imparcialidad.
En años recientes, este artículo ha sido reforzado con diversas reformas constitucionales que fortalecen el Sistema Nacional Anticorrupción, buscando que las sanciones a los servidores públicos sean más efectivas y proporcionales (Secretaría de Gobernación, 2022).
Retos contemporáneos en el cumplimiento de las obligaciones públicas
A pesar de los avances normativos, el cumplimiento de las obligaciones de los servidores públicos enfrenta desafíos significativos. Entre los más destacados se encuentran:
- Capacitación insuficiente y desconocimiento de la ley.
Muchos servidores públicos no reciben la formación necesaria sobre el contenido de la LGRA ni sobre los principios éticos que guían su actuación. - Ambigüedad normativa.
Algunos conceptos, como “imparcialidad” o “lealtad institucional”, pueden ser interpretados de manera subjetiva, lo que dificulta su aplicación uniforme. - Falta de sanciones ejemplares.
En ocasiones, las sanciones por incumplimiento son leves o tardías, lo que reduce la efectividad del régimen de responsabilidades. - Corrupción estructural y conflictos de interés.
Persisten prácticas que ponen a prueba los mecanismos de transparencia, especialmente en los niveles locales de gobierno. - Desigualdad en los órganos de control.
Las capacidades institucionales de los órganos internos varían considerablemente entre dependencias, afectando la uniformidad en la vigilancia del cumplimiento.
Estos retos reflejan la necesidad de fortalecer la cultura de legalidad dentro de la administración pública. Como afirma la Suprema Corte de Justicia de la Nación, la responsabilidad administrativa debe entenderse como un instrumento para salvaguardar la confianza pública y la justicia institucional (Suprema Corte de Justicia de la Nación, 2023).
La importancia de la integridad en el servicio público
La integridad es el principio rector que da sentido a todas las obligaciones del servidor público. No basta con cumplir la ley de manera formal; es necesario hacerlo con convicción ética y compromiso con el interés común.
Por ello, las dependencias y entidades deben fomentar políticas de integridad que incluyan códigos de conducta claros, mecanismos de denuncia protegida y capacitación constante en materia de ética y transparencia (Secretaría de la Función Pública, 2023).
Solo así podrá alcanzarse un servicio público digno, confiable y eficiente.
Fortalecer la responsabilidad: un compromiso de todos
El cumplimiento de las obligaciones de los servidores públicos no solo incumbe al funcionario. También la sociedad tiene un papel crucial: vigilar, denunciar y exigir transparencia. La interacción entre ciudadanía informada y administración responsable es el verdadero motor del buen gobierno.
Como afirma la Comisión Nacional de Derechos Humanos (2023), la transparencia no es un fin en sí misma, sino un medio para garantizar la rendición de cuentas, proteger los derechos humanos y fortalecer la democracia.
Cumple con la ley, protege tu reputación y evita sanciones
El desconocimiento de la ley no exime de su cumplimiento. Las obligaciones de los servidores públicos son el pilar de la ética gubernamental y el punto de partida para una administración honesta. Si eres servidor público, funcionario o abogado que asesora a instituciones, contar con una guía experta puede prevenir sanciones, faltas o conflictos de interés.
En Molina Castrejón Abogados, comprendemos la importancia de la integridad pública y ofrecemos asesoría especializada en derecho administrativo, responsabilidades de servidores públicos y defensa ante procedimientos sancionatorios.
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